Entre el 15 de Agosto, fiesta de Ntra Sra de la Asunción o Virgen de
Agosto, patrona de nuestra Cofradía y el 16 de Agosto, festividad de San
Roque; a tan sólo 7 días del 22 de
Agosto, fecha del aniversario de fundación de la Piedad como hermandad
penitencial, (serán entonces 434 años de presencia en la ciudad y diócesis de
Valladolid), recibimos en nuestros correos particulares los nuevos estatutos de
nuestra cofradía.
Tras varias lecturas detalladas y minuciosas nos quedamos atónitos y perplejos por la redacción
de los mismos.
¡Nos dicen que ya están aprobados ¡
O sea que esta vez los cofrades de la Piedad no podemos, en un
cabildo convocado para tal asunto, dar el visto bueno con nuestro voto o
rechazarles en su defecto.
Pero todavía es más sorprendente que el Arzobispado de
Valladolid haya firmado y ratificado tal norma.
Queremos suponer y creer, y estamos convencidos de ello, que
es un error y que no han rubricado con el sello de la Archidiócesis de Valladolid nuestra “nueva” norma jurídica.
Porque es imposible que hayan dado de paso algunos
artículos.
Por citar algunos de ellos: casi todo el capítulo XXII,
referente al Cabildo de Elecciones. Sobre todo los artículos 100, 102, 103 y
107. Éstos deben ser eliminados por
completo.
Son conceptos y normas que atentan contra nuestra libertad
como cofrades de la Piedad,
contra nuestra libertad de expresión y contra nuestra libertad de poder
pertenecer, si nos apetece, a cualquier otra hermandad, cofradía, agrupación
musical, banda de música, sección de andas o a lo que se quiera pertenecer.
¿Nuestra Regla de Hermandad nos debe indicar si debemos o no
pertenecer a cualquier otra asociación? Por supuesto que no.
Podrían darse de paso algún que otro artículo, como por
ejemplo el artículo 98, que exige que en una lista cerrada se faciliten el
nombre de 30 cofrades más 5 auxiliares, en
total 35, para formalizar la candidatura. ¡Ya son cargos¡ ¿verdad?
Podrían de igual forma pasarse por alto el 99 y el 101, que
exigen también que los que conformen la candidatura lleven más de 10 años en la
hermandad y continuados. O precisar tener más de 30 años para el proceso
electoral.
¿Por qué?, ¿por qué es necesario tanto requisito?
Pero lo que no es admisible, lo que no es tolerable, lo que
de ninguna manera es aceptable es que los artículos mencionados (100, 102, 103
y 107) formen parte de nuestros nuevos estatutos. Sencillamente porque no son
democráticos ni cristianos.
Por explicarlo un poco, si eres de cofrade de la Piedad, pero:
1.-Eres miembro o hermano de cualquier otra hermandad o
cofradía, pudiendo ser directivo, o pertenecer a su sección de andas o a su
banda musical.
2.-O si también eres miembro de alguna agrupación musical
relacionada con la Semana Santa.
3.-O simplemente te apetece pertenecer porque si a cualquier
cofradía eregida canónicamente en la Archidiócesis de Valladolid.
!!! No puedes optar a formalizar una candidatura a nuestra
cofradía de la Piedad
¡¡¡
Dudamos muy mucho que eso lo contemple al Código de Derecho
Canónico y el Directorio de Cofradías de Semana Santa (más que nada porque este
último si que lo hemos leído), que en su día firmó Don José Delicado Baeza en
1991.
Pero aún hay más, porque si incluso no has pertenecido a la Junta de Gobierno por un
período no inferior a 4 años ininterrumpidos en los 8 años anteriores a la
fecha de convocatoria del proceso electoral: TAMPOCO PUEDEN LOS COFRADES DE LA PIEDAD PRESENTARSE
PARA PODER DIRIGIR SU COFRADÍA.
Si es que fuesen elegidos, pero por desgracia con estos
nuevos estatutos será algo que jamás llegaremos a saber.
Esto es increíble, atenta contra la propia inteligencia de
los cofrades, es antidemocrático y están fuera de cualquier lógica y razón
humana. Y sobre todo fuera de todo sentido cristiano, caritativo y de
hermandad.
Un grupo de hermanos cofrades queremos volver a optar a
presentar una candidatura, ya por 3ª vez, si en las dos anteriores se nos
pusieron todos los obstáculos del mundo en esta tercera las barreras parecen
difíciles de salvar. Muchos de nosotros por diversos motivos, circunstancias de
la propia vida y gustos personales pertenecemos a otras hermandades o
asociaciones. ¿Sólo por esto ya no podemos presentar nuestra candidatura a la Piedad?
Muchos somos cofrades desde niños, llevamos más de 25 o 30
años en la Piedad,
y el amor y cariño que sentimos por nuestra Madre es al menos igual, por no
decir mayor, que los que han dirigido la Hermandad hasta el día de hoy.
Creemos, sin temor a equívoco, alguno que estos artículos se
han pensado muy detenida y pormenorizadamente, que están confeccionados a
medida y que se han redactado con premeditación y alevosía. Su único objetivo
es impedir que algunos cofrades no pueda ni llegar a presentarse.
Hoy y aquí a falta de 2 meses para las elecciones
recurriremos estos estatutos con el mayor de los respetos ante nuestro Sr.
Arzobispo, de nuestra Archidiócesis de Valladolid.
1.-Por considerarles antidemocráticos y fuera de lugar. Y
2.-Porque no jugamos en las mismas condiciones de igualdad
que los que han redactado estos artículos.
Pues éstos debieron ser redactados teniendo en cuenta las
distintas sensibilidades y corrientes dentro de la Cofradía y no ha sucedido
así.
Por eso lucharemos hasta el final, trataremos por todos los
medios de presentar nuestra candidatura, ahora con más ganas si cabe. Aunque
todo esto nos lleve, si se diese el caso a pleitear ante la justicia
eclesiástica, o civil se así llegase el momento y tuviera que contemplarse esta
opción.
Por otro lado y de igual modo nos parece que coartar nuestra
libertad de expresión, mediante el art 107 es inconcebible. (Así como hacer
mención en el art 63 a
la ley de protección de datos: “Yo si puedo usar “tus” datos porque ostento el
poder y mandarte información cuando me apetezca, pero tú no puedes usar “mis”
datos porque atenta contra la libertad de las personas y es ilegal) .
En esta sociedad actual
y globalizada donde hoy en día cualquier medio de comunicación está al
alcance de todos con sólo encender un botón, y no poder informar a nuestros
hermanos cofrades mediante el medio que estimemos oportuno es un error
mayúsculo. Este artículo tiene que ser eliminado de inmediato.
De la misma forma propondremos la eliminación y supresión de
los artículos 15º, 17º, 25º, 26º y 28º.
La Junta
directiva, que en su momento ostente la dirección de la Piedad, optará por la forma
de procesionar a nuestras sagradas imágenes de la forma que crea más
conveniente, y por supuesto a la hora y por las calles que crea más oportunas.
Proponer y obligar de antemano, en unos estatutos, la forma
de hacer una procesión está fuera de lugar. Esto lo debería contemplar en su
caso un Reglamento de régimen interno.
Para finalizar: 19 de Agosto de 2011, hace un año nos
felicitábamos por la presencia de Nuestra Madre y su histórica Cofradía en la JMJ de Madrid, y vivir junto
con otras hermandades de España un emotivo Vía Crucis presidido por el Papa, su
S.S. Benedicto XVI, sucesor de San Pedro y Vicario de Cristo en este mundo.
También nos alegramos porque se nos haya concedido el título
de “Muy Ilustre”.
Sí, todo esto está muy bien, pero al redactar estos
artículos en qué y en quién han pensado, en que en algún momento otros cofrades
puedan quitarles alguna vez del poder. Mal camino llevamos.
Hoy cuando deberíamos estar celebrando nuestra fiesta de
gloria y nuestro aniversario histórico
de fundación, estamos ante el peor escenario posible como Hermandad.
Suplicamos e imploramos públicamente para que nuestro
Arzobispado recapacite y retire estos estatutos, al menos, los artículos
mencionados en este escrito.
Lo apropiado sería confeccionar unos nuevos donde todos nos
sintamos acogidos.
Candidatura de la
Piedad.
Valladolid, 22 de Agosto de 2012.
En el 434 aniversario de nuestra fundación como Cofradía
Penitencial.